NORMAS DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
LICEO CARDENAL ANTONIO
SAMORE
CONCEPTOS: SISTEMA DE
DISCIPLINA.
Art. 1º.- El proceso educativo del Liceo Cardenal
Antonio Samoré aspira a la
formación integral de sus alumnos y alumnas. Por ello, el respeto a sí mismo y a
los demás, la diferencia, la delicadeza en el trato, la rectitud , al
honestidad, la lealtad, la obediencia, el cuidado de los bienes y materiales, y
la disciplina en el trabajo son, entre otras, conductas que deben caracterizar a
nuestros alumnos tanto dentro del liceo como fuera de él. Por lo tanto,
conductas contrarias a las señaladas, y a las que se prescriben en este documento, no son aprobadas pro
el Colegio, por lo que serán sancionadas según su gravedad de las siguientes
formas:
a).- Amonestaciones: Se entiende por amonestación la
reconvención que realiza un adulto del colegio hacia un alumno, ya sea por
motivos disciplinarios, académicos, de responsabilidad u
otras.
b).- Suspensión temporal del colegio : Es el recurso punitivo que
consiste en privar al alumno(a) de su permanencia en el colegio por un tiempo
determinado, debido a razones de
orden disciplinario, de
responsabilidad, actitudinal, etc. El alumno (a) realizará su
suspensión bajo responsabilidad de
su padres, quienes toman a su cargo el cumplimiento de la sanción.
c).- Compromiso: Es el paso siguiente de la recomendación. En esta
instancia se establece un compromiso escrito con el alumno y su familia de
mejorar los aspectos de su comportamiento que se consideran deficitarios. El
cumplimiento de este compromiso es condición de mejoramiento de la situación
disciplinaria del alumno. Los compromisos serán evaluados al término de cada
semestre o en el momento en que el Director en conjunto con el Consejo de
profesores lo estime conveniente.
d).- Condicionalidad: Último recurso con que cuenta el sistema de disciplina.
Tiene un carácter punitivo y consiste en condicionar la permanencia del alumno (a) en el colegio a la
mejoría de sus aspectos deficitarios en cuanto a comportamiento, rendimiento,
etc., mediante la firma de una carta de condicionalidad.
a).- Toda observación debe ser consignada
en el registro anecdótico del Libro
De Clases o en la hoja de vida del alumno, la que se encuentra en Inspectoría.
Estos registros deben ser firmados por el apoderado en cada reunión o entrevista
con el profesor jefe u otro estamento del colegio.
b).- Las observaciones deben ser anotadas
en forma clara, objetiva y no podrá incluir juicios de valor o interpretaciones
personales de lo
ocurrido.
Art. 3º SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS FRENTE A LAS
FALTAS.
Procedimientos de Evaluación y Gradualidad
de las Faltas
Sobre procedimiento de evaluación de
faltas y la posibilidad de escuchar al alumno/a y/o a su apoderado/a antes e
determinar la sanción correspondiente.
Previo a la sanción definitiva,
especialmente en casos graves, se procederá a la información al apoderado y la
consideración de su visión personal previo a la determinación final, situaciones
que serán consignadas en forma escrita en registro del Libro de
Clases.
a)
El ponerse al margen del reglamento disciplinario, hará que alumnas y
alumnos queden sujetos a las medidas disciplinarias de acuerdo a la siguiente
secuencia:
|
Conversación con el
afectado. |
Entrevista con el Profesor
Jefe |
|
Amonestación
escrita. |
Entrevista con
Inspector |
|
Entrevista con el profesor
de asignatura. |
Entrevista al
Apoderado |
|
Entrevista con Inspector
General. |
Condicionalidad
|
b)
No renovación de la matrícula para el año
siguiente (esta resolución es
privativa del Consejo
Directivo y del Consejo General de Profesores).
c)
Según la gravedad de la falta, podrá
alterarse o levantarse la secuencia
anteriormente señalada, si así lo resuelve el Inspector General o el Consejo Directivo, además ,
ambas entidades tienen la facultad
de tomar otras medidas disciplinarias que garanticen una sana
convivencia.
d)
Las
faltas serán evaluadas
en forma independiente y considerando todas las agravantes y atenuantes de la
misma.
e)
Al término de cada semestre, se realizará
un consejo de evaluación para analizar las condicionalidades por disciplina de
los alumnos que hayan demostrado falta de: compromiso en sus obligaciones
escolares o problemas disciplinarios.
f)
Toda agresión física entre alumnos, tanto dentro como
fuera del colegio, será considerada una falta grave, motivo suficiente para
alcanzar la condicionalidad o la no
renovación de la matrícula.
g)
A los alumnos condicionales por disciplina
y/o rendimiento, se les hará un
seguimiento y supervisión por parte
de los profesores jefes.
Art. 4º SOBRE
La suspensión de clases y la cancelación de matrícula serán sanciones
extremas que se aplicarán en acuerdo entre el consejo directivo y el consejo de
profesores. Corresponderá esta sanción cuando uno a más alumnos pongan en riesgo, tanto física,
psicológica y moralmente, a sus compañeros de colegio y /o al personal en
general.
Entendiendo que toda falta puede ser categorizada según su gravedad, será
la unidad de Inspectoría, a través del Inspector General, quien deberá estudiar
si la falta amerita la sanción aludida y presentar el caso a la dirección para
su curso. En todo caso, ameritan
por sí solas la aplicación de la sanción, algunas de las siguientes
faltas graves:
1).- Portar y utilizar cualquier arma
blanca o de fuego en el interior del colegio.
2).- Agredir a compañeros con o sin
resultado de lesiones graves, de mediana gravedad y agredir física, verbal y
psicológicamente.
3).- Agredir a cualquier funcionario de
nuestro colegio.
4).- Portar alcohol y/o drogas tanto dentro como fuera del
colegio.
5).- Consumir o comercializar alcohol y
otras drogas, tanto dentro como fuera del colegio.
6).- Tener relaciones sexuales en el interior del colegio o participar en situaciones de
connotación sexual.
7).- Reiterado daño a equipamiento y/o infraestructura del colegio.
8).- Protagonizar y/o promover desórdenes al interior del colegio que impidan el normal desarrollo de las actividades
académicas.
9).- Robar y hurtar material de
pruebas.
10).- Adulterar timbres o firmas de
docentes o cualquier mecanismo de control tendiente a calificar a los estudiantes de las
diferentes asignaturas contempladas en el plan de estudio.
11).- Robar y hurtar bienes
materiales.
12).- Robar, hurtar o participar de
la planificación de dichas acciones tanto dentro como
fuera del colegio.
13).- Promover proselitismo político, de
cualquier tendencia, al interior del establecimiento.
14).- Estar imputado penalmente por
cualquier delito tipificado por el sistema judicial.
15).- El asistir al colegio no debe
considerarse como una instancia para que los estudiantes instauren estilos y
modas ( gotic, hardcore, punk, emo, rock, hi-hop, pop, otras ) en el vestir como
en la presentación personal; por consiguiente , queda prohibido asistir a
clases, tanto damas como varones, con cortes, peinados y teñidos de fantasía que
no son naturales ( rojo, verde, azul, violeta, amarillo , anaranjado, otros),
maquillaje de rostro y manos, aros , anillos, pulseras, cadenas y cualquier otro
accesorio que no responda a la exigencia del uniforme oficial del
Liceo.
Art. 5º
SOBRE EL USO DE LAS DIFERENTES ÁREAS Y MOBILIARIO DEL
COLEGIO.
Art. 6º
Normas de Funcionamiento
SOBRE LOS DERECHOS DEL
ALUMNO.
8.
Solicitar una investigación interna frente a cualquier anormalidad en las
clases o frente a un procedimiento de un
profesor, de modo escrito.
El Liceo asegura la continuidad de
estudios de las alumnas en estado de gravidez, considerando especialmente, las
circunstancias en que se encuentre la niña
estudiante, adecuando los procesos
lectivos tanto de estudio como evaluaciones a la situación de cada
alumna.
El Liceo asegura la continuidad de
estudios de los alumnos en riesgo social, apoyándose especialmente en programas
especiales como en el Servicio de
Orientación interno y/o el auxilio
de profesionales como Asistentes Sociales o Psicólogos externos al
establecimiento, en tanto y cuanto sea posible.
Art. 7º SOBRE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS
Varones: Chaqueta o parka azul marino de
colegio, chaleco azul marino, pantalón gris, zapatos negro, corbata del
colegio.
La polera oficial del Establecimiento podrá ser vestida de martes a
viernes, exceptuando los días en que
Estén programados Actos oficiales y desfiles. Situaciones en las cuales
el alumno(a) deberá vestir el
Uniforme oficial, detallado anteriormente. En ningún caso, podrá
utilizarse la polera para el subsector
Educación Física.
Los atrasos deben ser justificados
por el apoderado, a menos que los alumnos sean residentes de áreas, que no les
permita llegar a la hora de ingreso normal al Liceo, estos alumnos tendrán pases
permanentes autorizados por Inspectoría.
(Inspectoría podrá autorizar un máximo de un pase por tanto el alumno
deberá justificar su segundo atraso con su apoderado)
Ella, el alumno(a) deberá mantener un
comportamiento acorde a cualquier situación de naturaleza formal.
Art. 8º SOBRE EL USO DE
Art. 9º DE
SE CONSIDERARÁN COMO FALTAS
LEVES.
|
1.- Conversar indiscretamente en
clases. |
2.- Mal uso de la
libreta. |
|
3.- Mal uso del
uniforme. |
4.- Calzado que no corresponde al
uniforme. |
|
5.- No concurrencia del apoderado a
una reunión. |
6.- Uso de aros
colgantes |
|
7.- Uso de aros por parte de los
varones. |
8.- Estudiar otra asignatura
mientras un profesor explica. |
|
9.- Mantener un celular con los
sonidos activados en horas de clases. 10. Hacer tareas o trabajos de una
asignatura diferente a la en que se
encuentra. | |
|
1. Traficar y consumir
drogas. |
2. Bajar o revisar pornografía en cualquier
medio. |
|
3. Falsificar o adulterar firmas de
documentos de relevancia escolar. |
4. Participar en riñas o
provocarlas. |
|
5. Tocar intencionalmente las partes
pudorosas de algún compañero (a) o tener
sexo. |
6. Escribir en baños, paredes,
computadores, pizarras,
muebles, cuadernos y agendas insultos en contra de las demás
personas. |
|
7. Ingresar y/o beber bebidas
alcohólicas al Establecimiento. |
8. Portar y/o amenazar con arma blanca o de
fuego. |
|
9. Ingresar al Establecimiento en
estado de ebriedad. |
10. Agredir y/o amenazar verbalmente a un compañero.
Auxiliar, Administrativo, Inspector, Inspectora, Profesor, Profesora,
Director. |
Art. 10º
LOS CONDUCTOS A SEGUIR FRENTE A CUALQUIER FALTA
SON:
LEVE: Se pondrá inmediatamente la observación
en el libro, y el alumno tendrá una reunión personal con el profesor jefe antes de terminada
la jornada. En caso de la injustificación de los pases el apoderado deberá venir
inmediatamente el día siguiente. Y en caso de falta del uniforme o una parte de
ello se deberá presentar pase
timbrado por Inspectoría General.
GRAVE. Se
pondrá inmediatamente la observación en el libro de clases, se hará una
reunión personal entre el alumno y
el profesor antes de terminada la jornada, se enviará al alumno al orientador
(quien verá si es necesaria
asistencia psicológica o, de asistencia social o entidad que
corresponda).
Las medidas o sanciones que se adopten en
consideración a las conductas establecidas en el artículo anterior, se
enmarcarán en las siguientes disposiciones.
1.- Llamado al apoderado cuando el alumno
o alumna registre anotaciones de carácter grave, o cuando acumule al menos tres observaciones
“menos grave”. De no concurrir el apoderado a la citación, se enviará una segunda citación .Sí nuevamente no concurre, sin causal
justificada, su pupilo o pupila será suspendido (a) del colegio hasta que el
apoderado se presente en el Colegio.
2.- Considerando las observaciones de carácter grave se determinará la
condicionalidad de matrícula del alumno
o alumna, situación que se informará oportunamente al apoderado por el
profesor jefe.
3.- Se solicitará retiro del
establecimiento a aquellos alumnos o alumnas que reincidan en observaciones de
carácter grave, después de ser informada
su condicionalidad.
4.- Sí el apoderado se niega a efectuar el
retiro mencionado,
5.- Cualquier alumno o alumna que haya sido retirado
del colegio por problemas disciplinarios antes de la finalización del año escolar, ya sea por cancelación
de la matrícula – decisión tomada por el Consejo de Profesores por graves
problemas disciplinarios – o por petición de retiro por parte de
Establecimiento, implica que el
alumno no podrá ser matriculado al menos durante el año
lectivo.
6.- Los profesores que sorprendan a los
alumnos o alumnas cometiendo infracción a las normas de disciplina,
informarán a
7.- Todas las medidas disciplinarias que
se adopten en virtud de las disposiciones
anteriores, deben quedar registradas de manera explícita en la hoja de
vida.
8.- Se llamará a carabineros,
investigaciones u otra institución siempre que alguien lo requiera, previa
información a la dirección.
Art. 11º SANCIONES FINALES
Art. 12º Sobre normas de regulación entre
el establecimiento y los apoderados.
Los apoderados pueden tener contacto
directo con:
Los Directivos, Los Profesores Jefes, los
Profesores de asignatura, Los Inspectores e igualmente otros
funcionarios.
La relación debe estar basada en el
respeto mutuo.
1.- Siempre se debe respetar el conducto
regular, especialmente en situaciones que involucren al curso en general y a un
alumno en particular, por lo tanto
2.- El apoderado tiene derecho a ser
escuchado y dentro de los márgenes posibles solucionar sus demandas, en
beneficio de sus hijos o pupilos.
3.- El apoderado no puede imponer normas
sobre La dirección, los profesores
o cualquier funcionario del Liceo.
4.- Frente a actitudes o conductas que
resulten ofensivas o invasivas por parte de los apoderados, que impliquen la
indignidad de cualquier funcionario
del Liceo, este último a través de
5.- Los apoderados pueden tener contacto
directo con: Los Directivos, Los Profesores Jefes, los Profesores de asignatura,
Los Inspectores e igualmente otros funcionarios.
6.- La relación debe estar basada en el
respeto mutuo.
Art. 13. Sobre las relaciones entre el
establecimiento con instituciones y organismos de la
comunidad:
El Liceo mantendrá especialmente relación
permanente con
Igualmente con otros organismos como
Investigaciones y Fuerza Armadas en general para efectos de Extensión de las
Mismas
E igual modo se mantendrá contacto directo
con
El contacto debe ser formal
estableciéndose plazos fechas y períodos en que se desarrollarán actividades
conjuntas.
El Liceo Mantiene la mejor disposición
para estos efectos.
Existiendo también una política de
integración entre el Liceo y algunas Instituciones Específicas de Educación
Superior para trabajo en tanto en PSU, como de carácter
informativo.
E:\todo
sobre orientación\articulado
reglamento interno mas implementaciones 2008
rev.marzo.doc