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Reglamento

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

LICEO CARDENAL ANTONIO SAMORE

CONCEPTOS: SISTEMA DE DISCIPLINA.

Art. 1º.- El  proceso educativo del Liceo Cardenal Antonio Samoré  aspira a la formación integral de sus alumnos y alumnas. Por ello, el respeto a sí mismo y a los demás, la diferencia, la delicadeza en el trato, la rectitud , al honestidad, la lealtad, la obediencia, el cuidado de los bienes y materiales, y la disciplina en el trabajo son, entre otras, conductas que deben caracterizar a nuestros alumnos tanto dentro del liceo como fuera de él. Por lo tanto, conductas contrarias a las señaladas, y a las que se prescriben  en este documento, no son aprobadas pro el Colegio, por lo que serán sancionadas según  su gravedad de las siguientes formas:

a).- Amonestaciones: Se entiende por amonestación la reconvención que realiza un adulto del colegio hacia un alumno, ya sea por motivos disciplinarios, académicos, de responsabilidad u otras.

b).- Suspensión  temporal del colegio : Es el recurso punitivo que consiste en privar al alumno(a) de su permanencia en el colegio por un tiempo determinado, debido a razones de  orden disciplinario, de  responsabilidad, actitudinal, etc. El alumno (a) realizará su suspensión  bajo responsabilidad de su padres, quienes toman a su cargo el  cumplimiento de la sanción. 

c).- Compromiso: Es el paso  siguiente de la recomendación. En esta instancia se establece un compromiso escrito con el alumno y su familia de mejorar los aspectos de su comportamiento que se consideran deficitarios. El cumplimiento de este compromiso es condición  de mejoramiento de la situación disciplinaria del alumno. Los compromisos serán evaluados al término de cada semestre o en el momento en que el Director en conjunto con el Consejo de profesores lo estime conveniente.

d).- Condicionalidad: Último recurso  con que cuenta el sistema de disciplina. Tiene un carácter punitivo y consiste en condicionar  la permanencia  del alumno (a) en el colegio a la mejoría de sus aspectos deficitarios en cuanto a comportamiento, rendimiento, etc., mediante la firma de una carta de condicionalidad.

Art. 2º        SOBRE LAS OBSERVACIONES

a).- Toda observación debe ser consignada en el registro anecdótico del  Libro De Clases o en la hoja de vida del alumno, la que se encuentra en Inspectoría. Estos registros deben ser firmados por el apoderado en cada reunión o entrevista con el profesor jefe u otro estamento del colegio.

b).- Las observaciones deben ser anotadas en forma clara, objetiva y no podrá incluir juicios de valor o interpretaciones personales  de lo ocurrido.

Art. 3º        SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS FRENTE A LAS FALTAS.

Procedimientos de Evaluación y Gradualidad de las Faltas

Sobre procedimiento de evaluación de faltas y la posibilidad de escuchar al alumno/a y/o a su apoderado/a antes e determinar la sanción correspondiente.

Previo a la sanción definitiva, especialmente en casos graves, se procederá a la información al apoderado y la consideración de su visión personal previo a la determinación final, situaciones que serán consignadas en forma escrita en registro del Libro de Clases.

a)      El ponerse al margen del reglamento  disciplinario, hará que alumnas  y  alumnos queden sujetos a las medidas disciplinarias  de acuerdo a la siguiente secuencia:

Conversación con el afectado.

Entrevista con el Profesor Jefe

Amonestación escrita.

Entrevista con Inspector

Entrevista con el profesor de asignatura.

Entrevista al Apoderado

Entrevista con Inspector General.

Condicionalidad 

b)      No renovación de la matrícula para el año siguiente (esta resolución es  privativa del Consejo  Directivo y del Consejo General de Profesores).

c)      Según la gravedad de la falta, podrá alterarse o levantarse la secuencia  anteriormente señalada, si así lo resuelve  el Inspector General  o el Consejo Directivo, además , ambas  entidades tienen la facultad de tomar otras medidas disciplinarias que garanticen una sana convivencia.

d)      Las  faltas   serán evaluadas en forma independiente y considerando todas las agravantes y atenuantes de la misma. La Unidad de Inspectoría se reserva el derecho de indagar e investigar las faltas, para que la medida a tomar  sea  la más  criteriosa, justa y argumentada.

e)      Al término de cada semestre, se realizará un consejo de evaluación para analizar las condicionalidades por disciplina de los alumnos que hayan demostrado falta de: compromiso en sus obligaciones escolares o problemas disciplinarios.

f)        Toda agresión  física entre alumnos, tanto dentro como fuera del colegio, será considerada una falta grave, motivo suficiente para alcanzar  la condicionalidad o la no renovación de la matrícula. 

g)      A los alumnos condicionales por disciplina y/o  rendimiento, se les hará un seguimiento y supervisión  por parte de los profesores jefes.

Art. 4º SOBRE LA SUPENSIÓN Y CANCELACIÓN DE MATRÍCULA:

La suspensión de clases y la cancelación de matrícula serán sanciones extremas que se aplicarán en acuerdo entre el consejo directivo y el consejo de profesores. Corresponderá esta sanción cuando uno a más  alumnos pongan en riesgo, tanto física, psicológica y moralmente, a sus compañeros de colegio y /o al personal en general.

Entendiendo que toda falta puede ser categorizada según su gravedad, será la unidad de Inspectoría, a través    del  Inspector General, quien deberá estudiar si la falta amerita la sanción aludida y presentar el caso a la dirección para su curso. En todo caso, ameritan  por sí solas la aplicación de la sanción, algunas de las siguientes faltas graves:

1).- Portar y utilizar cualquier arma blanca o de fuego en el interior del colegio.

2).- Agredir a compañeros con o sin resultado de lesiones graves, de mediana gravedad y agredir física, verbal y psicológicamente.

3).- Agredir a cualquier funcionario de nuestro colegio.

4).- Portar alcohol  y/o drogas tanto dentro como fuera del colegio.

5).- Consumir o comercializar alcohol y otras drogas, tanto dentro como fuera del colegio.

6).- Tener relaciones  sexuales en el interior del colegio  o participar en situaciones de connotación sexual.

7).- Reiterado daño a  equipamiento y/o infraestructura  del colegio.

8).- Protagonizar y/o  promover desórdenes  al interior del colegio que impidan  el normal desarrollo de las actividades académicas.

9).- Robar y hurtar material de pruebas.

10).- Adulterar timbres o firmas de docentes  o cualquier  mecanismo de control tendiente  a calificar a los estudiantes de las diferentes asignaturas contempladas en el plan de estudio.

11).- Robar y hurtar bienes materiales.

12).- Robar, hurtar o participar de la  planificación  de dichas acciones tanto dentro como fuera del colegio.

13).- Promover proselitismo político, de cualquier tendencia, al interior del establecimiento.

14).- Estar imputado penalmente por cualquier delito tipificado por el sistema judicial.

15).- El asistir al colegio no debe considerarse como una instancia para que los estudiantes instauren estilos y modas ( gotic, hardcore, punk, emo, rock, hi-hop, pop, otras ) en el vestir como en la presentación personal; por consiguiente , queda prohibido asistir a clases, tanto damas como varones, con cortes, peinados y teñidos de fantasía que no son naturales ( rojo, verde, azul, violeta, amarillo , anaranjado, otros), maquillaje de rostro y manos, aros , anillos, pulseras, cadenas y cualquier otro accesorio que no responda a la exigencia del uniforme oficial del Liceo.

Art. 5º             SOBRE EL USO DE LAS DIFERENTES ÁREAS Y MOBILIARIO DEL COLEGIO.

  1. Permanecer en las dependencias del Centro de Recursos para el Aprendizaje ( C.R.A.) y del Laboratorio de Computación, en los horarios establecidos para su atención.
  2. Usar exclusivamente los baños que les han sido asignados.
  3. No pisar las áreas verdes.
  4. Deben ingresar solamente a las salas de clase asignadas.
  5. No deben permanecer en el colegio si sus actividades académicas, deportivas y recreativas planificadas han concluido, estas actividades serán supervisadas siempre por un profesor o Inspector.
  6. Está prohibido para los alumnos trasladar cualquier tipo de mobiliario dentro o fuera del Liceo, si el traslado no ha sido autorizado por cualquiera de las instancias directivas del Establecimiento.

Art. 6º             Normas de Funcionamiento

SOBRE LOS DERECHOS DEL ALUMNO.

  1. Los estudiantes tienen derecho a trato justo, digno y respetuoso por parte de todos los estamentos  del establecimiento.
  2. Tienen derecho  a informarse del motivo de cualquier sanción  disciplinaria en su contra.
  3. Los alumnos no podrán tener más de dos evaluaciones sumativas en un mismo día.
  4. Tiene el derecho de solicitar entrevistas con los diferentes estamentos del colegio y ser recibidos por éstos.
  5. Ningún alumnos podrá ser devuelto a su hogar,  (sin  previo aviso a su apoderado), si el apoderado presume que su pupilo se encuentra en el colegio.
  6. Tienen derecho a utilizar todas las dependencias disponibles del establecimiento, cuando se trate de fines académicos.
  7. Todo alumno y alumna tiene derecho a conocer y que se le expliquen los Reglamentos vigentes, en todas sus partes.

8.      Solicitar una investigación interna  frente a cualquier anormalidad en las clases o frente a un procedimiento de un  profesor, de modo escrito.

  1. Ser oportunamente escuchando ante cualquier  problema, por profesores del Liceo.
  2. Conocer inmediatamente el contenido de las observaciones.
  3. Conocer por lo menos cinco días hábiles  antes de la fecha de cualquier evaluación, además de su contenido.

  1. Que se entregue el resultado de una evaluación como máximo  diez días después de haberla realizado.

  1. No realizar una evaluación si el resultado de la anterior aún no se entrega.

  1. Acceder desde el día en que se da un trabajo de investigación al criterio de evaluación en que será con acuerdo  de los alumnos sin posteriores modificaciones por parte del profesor.

  1. Participar activamente del centro de alumnos o el consejo de presidentes.
  2. Acceder a todos los materiales y salas necesarias  para el trabajo de las clases y en forma especial al Laboratorio de Computación y al C.R.A., en los horarios fijados para ello.  

  1. Participar en el centro de alumnos, siempre que no hayan recibido sanción por parte de la directiva del organismo..

  1. Postular a las distintas becas que otorga el sistema, asumiendo su responsabilidad frente a los plazos y condiciones que cada beca o beneficio implique, incluyendo las postulaciones vía Internet, las cuales son de exclusiva responsabilidad del beneficiario alumno. El alumno tiene derecho a solicitar ayuda de los estamentos internos como Servicio de Orientación y U.T.P dentro de los plazos pertinentes.

  1. El derecho a salir del establecimiento cuando sea pertinente, representándolo en alguna reunión o evento que corresponda al quehacer educativo. En caso de tener alguna evaluación, el profesor fijará un nuevo día y hora para ser efectuada por dicho alumno (a).

  1. Participar del programa de alimentación que entrega JUNAEB.

  1. Solicitar una  nueva revisión de sus evaluaciones cuando  tenga dudas sobre el procedimiento.

  1. Participar sin discriminación en  cualquier taller u otra actividad que organice el Liceo

  1. Canalizar cualquier problema que los aqueje a través del centro de alumnos.

  1. Estar en un ambiente limpio y ordenado, en especial el comedor y los pasillos.

  1. Solicitar información  a cualquier instancia del conducto regular.

  1. Expresar libremente su opinión, siempre que ésta sea realizada con respeto, y sin temor a recriminaciones.

  1. Recibir un trato digno  y de mucho respeto  por parte de los profesores o de cualquier otro funcionario que labore en el establecimiento.

  1. Tener anualmente un organismo que los represente sea éste Centro de Alumnos o Consejo de Presidentes de Curso.

  1. Sobre el resguardo de la continuidad de estudios en el establecimiento, de alumnas embarazadas y de estudiantes en situación de riesgo social.

El Liceo asegura la continuidad de estudios de las alumnas en estado de gravidez, considerando especialmente, las circunstancias en que se encuentre la niña

estudiante, adecuando los procesos lectivos tanto de estudio como evaluaciones a la situación de cada alumna.

El Liceo asegura la continuidad de estudios de los alumnos en riesgo social, apoyándose especialmente en programas especiales como en el Servicio de

Orientación interno y/o el auxilio de profesionales como Asistentes Sociales o Psicólogos externos al establecimiento, en tanto y cuanto sea posible.

Art. 7º SOBRE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

  1. Traer la primera semana de clases dos fotos tamaño carnet; para el libro de clases y la libreta.

  1. Asistir a todas las clases que se tienen programadas vistiendo el uniforme oficial del Liceo, acordado por el Equipo Directivo del establecimiento en conjunto con la Directiva del Centro General de Padres: Damas: Jumper  o falda azul plisada, blusa blanca, chaleco azul marino, calcetas y pantys azules, zapatos bajos negro, corbata del colegio.

Varones: Chaqueta o parka azul marino de colegio, chaleco azul marino, pantalón gris, zapatos negro, corbata del colegio.

La polera oficial del Establecimiento podrá ser vestida de martes a viernes, exceptuando los días en que

Estén programados Actos oficiales y desfiles. Situaciones en las cuales el alumno(a) deberá vestir el

Uniforme oficial, detallado anteriormente. En ningún caso, podrá utilizarse la polera para el subsector

Educación Física. 

  1. Asistir a todas las actividades que se programen dentro del horario  de clases y que se realicen dentro y fuera del Liceo.

  1. Sobre inasistencias, permisos y representación pública del establecimiento por los alumnos:

Los atrasos deben ser justificados por el apoderado, a menos que los alumnos sean residentes de áreas, que no les permita llegar a la hora de ingreso normal al Liceo, estos alumnos tendrán pases permanentes autorizados por Inspectoría.

(Inspectoría podrá  autorizar  un máximo de un pase por tanto el alumno deberá justificar su segundo atraso con su apoderado)

  1. Participar activamente en las clases.

  1. Tratar a sus compañeros con respeto.

  1. Tratar a  los funcionarios del Liceo con respeto.

  1. Evitar las groserías en actos cívicos, pasillos, salas de clases y frente a quien represente mayor autoridad.

  1. Comportarse  adecuadamente  en el comedor , evitando gritos, risas demasiado fuertes, ensuciar con comida, procurando que el lugar en que nos servimos los alimentos este limpio-

  1. Desempeñar funciones de semaneros.

  1. Prestar atención  al profesor cuando este imparta su clase.

  1. Demostrar  los valores que han recibido del establecimiento o sus casas.

  1. Presentarse  a una evaluación fijada.

  1. Presentar un trabajo o tarea fijada con anterioridad.

  1. Mantener un comportamiento  adecuado en caso de pololeo, evitando los besos demasiado efusivos o escenas subidas de tono.

  1. Acceder al beneficio de seguro  escolar en caso de accidente.

  1. Los alumnos que representen  al Liceo  y vayan en alguna comisión deberán mantener suficiente respeto para no incurrir en actos que atenten contra la urbanidad y cortesía, y contra la moral y las buenas costumbres.

  1. El alumno no debe fumar

  1. El alumno no debe  consumir drogas.

  1. El alumno no debe beber alcohol.

  1. El Liceo tendrá la autorización para llamar la atención a cualquiera que destruya la propiedad   privada  hasta 30 minutos  terminada la jornada escolar u otra actividad, se este o no con uniforme.

  1. Se deberá portar diariamente la libreta de comunicaciones.

  1. Se llamara a Carabineros, investigaciones u otra institución siempre que alguien lo necesite o cuando  el Liceo necesite de sus servicios. ¿?

  1. Respetar el reglamento del Centro de alumnos.

  1. Respetar el Reglamento Interno?

  1. Respetar el reglamento de convivencia escolar.?

  1. Sobre uso de aparatos o artefactos personales que puedan interrumpir el trabajo pedagógico. Queda prohibido el uso de teléfonos móviles, y equipos de sonido de cualquier naturaleza a menos que se encuentren previamente autorizados por Inspectoría, de otro modo podrán ser requisados por el profesor que detecte interferencia con el normal desarrollo de sus clases. Al mismo tiempo en caso de pérdidas o sustracciones de estos aparatos el Liceo no podrá asumir la responsabilidad de aquellos hechos.
  2. Sobre la Formación de los cursos en el patio, cada curso tendrá un lugar previamente determinado y en

Ella, el alumno(a) deberá mantener un comportamiento acorde a cualquier situación de naturaleza  formal.

Art. 8º  SOBRE EL USO DE LA LIBRETA O CUADERNO DE MENSAJES.

  1. El medio habitual que tiene el Colegio para comunicarse con el hogar es la Agenda Escolar oficial o cuaderno  de mensajes como un documento   oficial. Por lo mismo, en vista de su  dignidad  e importancia, debe ser mantenida en forma adecuada, debiendo presentarla cuando le sea requerida por un profesor, Inspector o una autoridad del establecimiento.

  1. Toda comunicación entre el apoderado y el Colegio, que no pueda ser personal, se realizará a través  de la Libreta de Comunicaciones, oficialmente establecida. Este instrumento  asegura  una constancia de la comunicación.

Art. 9º  DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS

SE CONSIDERARÁN COMO FALTAS LEVES.

1.- Conversar indiscretamente en clases.

2.- Mal uso de la libreta.

3.- Mal uso del uniforme.

4.- Calzado que no corresponde al uniforme.

5.- No concurrencia del apoderado a una reunión.

6.- Uso de aros colgantes

7.- Uso de aros por parte de los varones.

8.- Estudiar otra asignatura mientras un profesor explica.

9.- Mantener un celular con los sonidos activados en horas de clases.

10. Hacer tareas o trabajos de una asignatura diferente a la en que se encuentra.

SE CONSIDERAN  COMO FALTAS GRAVES

1. Traficar y consumir drogas.

2. Bajar o revisar pornografía  en cualquier medio.

3. Falsificar o adulterar firmas de documentos de relevancia escolar.

4. Participar en riñas o provocarlas.

5.  Tocar intencionalmente las partes pudorosas  de algún  compañero (a) o tener sexo.

6. Escribir en baños, paredes, computadores, pizarras,  muebles, cuadernos y agendas insultos en contra de  

las demás personas.

7. Ingresar y/o beber bebidas alcohólicas al Establecimiento.

8. Portar y/o  amenazar con arma blanca o de fuego.

9. Ingresar al Establecimiento en estado de ebriedad.

10. Agredir  y/o amenazar  verbalmente a un compañero. Auxiliar, Administrativo, Inspector, Inspectora, Profesor, Profesora, Director.

 

 

 

Art. 10º           LOS CONDUCTOS A SEGUIR FRENTE A CUALQUIER FALTA SON:

LEVE: Se pondrá inmediatamente la observación en el libro, y el alumno tendrá una reunión personal  con el profesor jefe antes de terminada la jornada. En caso de la injustificación de los pases el apoderado deberá venir inmediatamente el día siguiente. Y en caso de falta del uniforme o una parte de ello se deberá  presentar pase timbrado por Inspectoría General.

GRAVE. Se  pondrá inmediatamente la observación en el libro de clases, se hará una reunión  personal entre el alumno y el profesor antes de terminada la jornada, se enviará al alumno al orientador (quien verá si es necesaria  asistencia psicológica o, de asistencia social o entidad que corresponda).

Las medidas o sanciones que se adopten en consideración a las conductas establecidas en el artículo anterior, se enmarcarán en las siguientes disposiciones.

1.- Llamado al apoderado cuando el alumno o alumna registre anotaciones de carácter grave, o cuando  acumule al menos tres observaciones “menos grave”. De no concurrir el apoderado a la citación, se enviará   una segunda citación  .Sí nuevamente no concurre, sin causal justificada, su pupilo o pupila será suspendido (a) del colegio hasta que el apoderado se presente en el Colegio.

2.- Considerando las observaciones  de carácter grave se determinará la condicionalidad de matrícula del alumno  o alumna, situación que se informará oportunamente al apoderado por el profesor jefe.

3.- Se solicitará retiro del establecimiento a aquellos alumnos o alumnas que reincidan en observaciones de carácter grave, después de ser informada  su condicionalidad.

4.- Sí el apoderado se niega a efectuar el retiro mencionado, la Dirección con el Consejo de Profesores, procederá a cancelar la matrícula, por entenderse que no existe la disposición en él para acatar las normas establecidas.

5.- Cualquier  alumno o alumna que haya sido retirado del colegio por problemas disciplinarios antes de la  finalización  del año escolar, ya sea por cancelación de la matrícula – decisión tomada por el Consejo de Profesores por graves problemas disciplinarios – o por petición de retiro por parte de Establecimiento,  implica que el alumno no podrá ser matriculado al menos durante el año lectivo.

6.- Los profesores que sorprendan a los alumnos o alumnas cometiendo infracción a las normas de disciplina, informarán  a la Dirección la cual se procederá a la  citación del apoderado a través de la libreta de comunicaciones?

7.- Todas las medidas disciplinarias que se adopten en virtud de las disposiciones  anteriores, deben quedar registradas de manera explícita en la hoja de vida.

8.- Se llamará a carabineros, investigaciones u otra institución siempre que alguien lo requiera, previa información a la dirección.

Art. 11º  SANCIONES FINALES 

  1. En caso que se presente una   situación  no contemplada en  este Reglamento, la comisión formada por: U.T.P., Inspectoría, determinará  la sanción pertinente.
  2. Cualquier otra situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Director y / o Consejo de Profesores del Liceo, en  mérito a las circunstancias  y de acuerdo al proyecto Educativo Institucional del Establecimiento.

Art. 12º Sobre normas de regulación entre el establecimiento y los apoderados.

Los apoderados pueden tener contacto directo con:

Los Directivos, Los Profesores Jefes, los Profesores de asignatura, Los Inspectores e igualmente otros funcionarios.

La relación debe estar basada en el respeto mutuo.

1.- Siempre se debe respetar el conducto regular, especialmente en situaciones que involucren al curso en general y a un alumno en particular, por lo tanto la Dirección del Liceo debe estar informada de las acciones que van a desarrollar los apoderados respecto a los cursos y al Liceo en general.

2.- El apoderado tiene derecho a ser escuchado y dentro de los márgenes posibles solucionar sus demandas, en beneficio de sus hijos o pupilos.

3.- El apoderado no puede imponer normas sobre La dirección,  los profesores o cualquier funcionario del Liceo.

4.- Frente a actitudes o conductas que resulten ofensivas o invasivas por parte de los apoderados, que impliquen la indignidad de cualquier  funcionario del Liceo, este último a través de la Dirección del Liceo y el Consejo Escolar podrá poner término a la condición de apoderado registrado de un alumno, señalándose en forma escrita las razones de dicha determinación

5.- Los apoderados pueden tener contacto directo con: Los Directivos, Los Profesores Jefes, los Profesores de asignatura, Los Inspectores e igualmente otros funcionarios.

6.- La relación debe estar basada en el respeto mutuo.

Art. 13. Sobre las relaciones entre el establecimiento con instituciones y organismos de la comunidad:

El Liceo mantendrá especialmente relación permanente con La Municipalidad, Carabineros, Bomberos y Hospital, con respecto a este último se cuenta con una política educativa que dice relación con Salud y Educación en donde se desarrollan sistemáticamente actividades y talleres que tienen que ver con: Salud y Alimentación y Salud y Sexualidad.

Igualmente con otros organismos como Investigaciones y Fuerza Armadas en general para efectos de Extensión de las Mismas

E igual modo se mantendrá contacto directo con la Instituciones de Educación Superior tanto tradicionales como privadas.

El contacto debe ser formal estableciéndose plazos fechas y períodos en que se desarrollarán actividades conjuntas.

El Liceo Mantiene la mejor disposición para estos efectos.

Existiendo también una política de integración entre el Liceo y algunas Instituciones Específicas de Educación Superior para trabajo en tanto en PSU, como de carácter informativo.

E:\todo sobre orientación\articulado  reglamento interno mas implementaciones 2008 rev.marzo.doc

 

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